1. Comenta por qué se considera que las multas a las empresas de radiodifusión deben ser elevadas
Esto se considera así debido a que como las empresas de radio como las telecomunicaciones tienen un gran crecimiento, poseen mucha audiencia y generan mucho dinero. Su buen funcionamiento ayuda a una gran cantidad de personas a mantenerse informadas y entretenidas , el mas mínimo fallo en la industria podría tener consecuencias muy graves para una gran cantidad de individuos.
2. ¿Cuál es la institución tiene la facultad para sancionar a las estaciones de radio y TV en los asuntos relacionados con la violación a los derechos de las audiencias?
El IFT determina las sanciones relacionadas con la competencia económica y sobre los tiempos de transmisión de mensajes comerciales y la violación a los derechos de las audiencias
3. En el listado de sanciones, ¿Cuál consideras que es la sanción más grave que se puede imponer a un concesionario?
Con los datos investigados considero que el rango D y E es la sanción mas cara pues se sitúa del 2.01% hasta el 6% y/o 10% de los ingresos del concesionario o bien ochenta y dos millones de veces el salario mínimo; lo que, de acuerdo con el salario mínimo vigente en 2019, equivale a $ 8,419,760,000.00. Esta infracción puede aplicarse si el concesionario presta servicios de telecomunicaciones o radiodifusión sin contar con concesión (Artículo 299 IV, 1 y 2)
4. ¿Cuál es la recomendación que hace la OCDE en relación con las multas que impone la Procuraduría Federal del Consumidor?
Sugirió que debiera haber más flexibilidad en las multas y que pudieran ser reducidas “por debajo del umbral mínimo, cuando la gravedad del incumplimiento y la situación del infractor lo justifique”. Sobre todo, cuando el infractor cometa faltas menores. Sin embargo, por lo que se refiere a las infracciones en contra de los usuarios, la misma OCDE sugirió lo contrario, o sea, pidió endurecer las multas que impone la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) por considerarlas muy modestas y promover que sea la PROFECO quien cobre las sanciones en beneficio de los usuarios de servicios de telecomunicaciones, en lugar de que lo haga la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Comentario de la clase: A pesar de que este tema pudiera ser muy técnico y algo difícil de comprender con el texto del profesor y las presentaciones y resúmenes de mis compañeros de clase pude entenderlo con mayor facilidad.
